Les informamos que de acuerdo con el Real Decreto 2004/2009 de 23 de diciembre, se modifica la retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos (alquileres), pasando del 18% al 19% a partir del 1 de enero de 2010. Por ello, si es arrendador deberá modificar sus facturas y si es arrendatario, comprobar que se le aplique la retención correcta.
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04ene
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01dic
Durante este mes, las empresas tienen de plazo hasta el día 20 para presentar los siguientes modelos:
- Modelo 202: pago a cuenta del Impuesto de Sociedades
Agradecemos que nuestros clientes nos hagan llegar la documentación necesaria lo antes posible para presentar sus declaraciones.
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20nov
Es obligación de los trabajadores notificar cualquier variación en sus datos familiares (estado civil, hijos, familiares a su cargo) para que la empresa pueda realizar correctamente la retención del IRPF en sus nóminas, y es obligación de la empresa tener copia de este modelos de comunicación de cada uno de los trabajadores. Lo más práctico es actualizar estas comunicaciones coincidiendo con la entrada natural del año. Para ello pueden descargarse el modelo 145 de la web de la Agencia Tributaria, entregarle uno a cada trabajador y hacérnoslo llegar con sus datos para verificar la exactitud en la retención de las nóminas.
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28oct
El pasado 19 de febrero de 2009 entró en vigor el desarrollo reglamentario de la Ley 36/2006 de medidas de prevención del fraude fiscal. En él se hace especial hincapié en las operaciones vinculadas, operaciones entre la sociedad y sus socios o el administrador, o entre empresas del grupo (alquileres, préstamos, aportaciones, etc) que deberán no sólo realizarse a precio de mercado, sino además documentarlas justificando la valoración de las transacciones efectuadas y mantener a disposición de la Agencia Tributaria esa información.
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A partir de ahora la Administración puede exigir estos documentos y valoraciones y, en caso de no tenerlos o ser incorrectos, imponer multas que van de los 1.500 a los 3.000 euros por cada dato omitido, inexacto o falso o de 15.000 a 30.000 euros por cada conjunto de datos omitidos, inexactos o falsos.
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En breve haremos llegar a nuestros clientes información mas detallada y, como siempre, nuestro departamento fiscal se halla a su entera disposición para aclarar cualquier duda al respecto.
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01oct
Durante este mes, las empresas tienen de plazo hasta el día 20 para presentar los siguientes modelos:
- Modelo 303: liquidación del primer trimestre de IVA (hasta el día 15 en caso de Sociedades que quieran domiciliar el pago)
- Modelo 110: retenciones por IRPF
- Modelo 115: retenciones por alquileres
- Modelo 202: pago a cuenta del Impuesto de Sociedades
Agradecemos que nuestros clientes nos hagan llegar la documentación necesaria lo antes posible para presentar sus declaraciones.
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